El Supremo reafirma la responsabilidad solidaria de las comunidades por impagos en servicios de conserjería y limpieza

El Tribunal Supremo ha reafirmado en una sentencia publicada en verano de 2025 que las comunidades de propietarios pueden ser consideradas “empresa principal” a efectos del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores. Esto significa que, cuando contratan servicios externos como conserjería, limpieza, mantenimiento o jardinería, asumen la condición de responsables solidarias en caso de…