La temporada de verano se acerca y, con ella, la apertura de piscinas comunitarias. Garantizar que estas instalaciones cumplen con todos los requisitos técnicos y sanitarios no solo es una obligación legal, sino también un compromiso con la seguridad y el bienestar de los usuarios.
Desde Grupo Ocean, expertos en mantenimiento de comunidades, te ofrecemos un checklist riguroso basado en el Decreto 99/2024, de 30 de octubre, que regula las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad de las piscinas de uso colectivo en la Comunidad de Madrid.
1. Clasificación de la piscina
Antes de nada, es fundamental identificar el tipo de piscina, ya que de ello dependerán los requisitos legales aplicables:
- Piscinas de uso colectivo:
- Públicas: Acceso mediante pago (piscinas municipales, hoteles, clubes deportivos…).
- Privadas: Instaladas en comunidades de propietarios o urbanizaciones, sin fines lucrativos.
- Piscinas de uso particular:
- Unifamiliares, de uso exclusivo por parte de una única vivienda.
Solo las piscinas de uso colectivo están sujetas a esta regulación.
2. Responsabilidades del titular
El titular o responsable de la piscina (normalmente la comunidad de propietarios) tiene la obligación de:
- Mantener las instalaciones en condiciones que no supongan un riesgo para la salud.
- Garantizar el buen estado del agua, las instalaciones y los sistemas de tratamiento.
- Proporcionar información visible sobre:
- Productos químicos utilizados.
- Existencia de socorrista.
- Normas de uso.
- Derechos y deberes de los usuarios.
- Número de emergencias y centro sanitario más cercano.
3. Tipología del vaso y requisitos por uso
Cada tipo de piscina debe cumplir con condiciones específicas:
- Piscinas infantiles (chapoteo):
- Para menores de 6 años.
- Profundidad: entre 0,30 y 0,60 m.
- Pendiente máxima del fondo: 6 %.
- Piscinas de recreo o polivalentes:
- Profundidad máxima: 3 m.
- Señalización clara de profundidades.
- Pendientes suaves, inferiores al 6 %.
- Piscinas deportivas:
- Cumplimiento de normas técnicas de organismos deportivos.
- Piscinas de saltos:
- Profundidad mínima adaptada a la altura del trampolín.
- Separación mínima de 5 metros respecto a otras zonas.
4. Construcción del vaso
- Estructura estable y resistente a productos químicos y presión del agua.
- Revestimientos: lisos, impermeables, antideslizantes, de color claro y fáciles de limpiar.
- Prohibidos los ángulos o estructuras que dificulten la limpieza o acumulen sedimentos.
5. Personal obligatorio
- Socorrista obligatorio durante todo el horario de apertura, excepto si:
- La piscina pertenece a una comunidad de menos de 30 viviendas.
- Profesional sanitario (médico o DUE) obligatorio si:
- La superficie del vaso supera los 500 m² (uno por cada 500 m² adicionales).
6. Calidad del agua
- Debe estar filtrada y desinfectada.
- Libre de organismos patógenos y sustancias químicas nocivas.
- Control analítico y mantenimiento periódico obligatorio.
7. Sistema de desagüe
- Vaciado eficaz hacia la red de saneamiento.
- Rejillas protegidas, especialmente las situadas en el fondo del vaso, para evitar atrapamientos.
8. Accesos seguros: escaleras
- Escaleras empotradas, antideslizantes y ergonómicas.
- Ubicación estratégica: en los ángulos, zonas de cambio de pendiente o cada 15 metros como máximo.
- Alcance suficiente para facilitar la entrada y salida.
9. Paseo perimetral o andén
- Pavimento antideslizante, sin obstáculos.
- Mínimo 1 metro de ancho.
- Diseñado para evitar encharcamientos.
- Tomas de agua para limpieza y desinfección regular.
10. Duchas exteriores
- Mínimo de 2 duchas + 1 adicional por cada 20 m del perímetro del vaso.
- Distribución uniforme.
- Platos antideslizantes y conexión directa al sistema de alcantarillado.
11. Trampolines y toboganes
- Trampolines prohibidos, salvo en piscinas de saltos específicamente autorizadas.
- Toboganes permitidos si:
- Están fabricados con materiales inoxidables y lisos.
- No interfieren con otras zonas de baño.
- Están señalizados y acotados.
12. Accesibilidad
- Cumplimiento de normativa vigente sobre accesibilidad universal.
- Incorporación de medios auxiliares para el uso por personas con movilidad reducida.
13. Aseos y vestuarios
- Separados por sexo.
- Abiertos durante todo el horario de apertura.
- Condiciones de higiene y seguridad garantizadas.
Conclusión: Cumplir la normativa es proteger a tus vecinos
Mantener la piscina comunitaria en regla no es solo una exigencia legal, sino una medida de responsabilidad hacia todos los usuarios. Desde Grupo Ocean te ayudamos a cumplir con todos los requisitos técnicos, higiénico-sanitarios y de seguridad con servicios profesionales de:
- Mantenimiento de instalaciones y maquinaria.
- Control y análisis del agua.
- Gestión de socorristas y personal sanitario.
- Limpieza y desinfección de piscinas y zonas comunes.